DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al acusado FAREN MAKAREM MAKAREM, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nª 7.976.001, 42 años de edad, profesión u oficio comerciante, casado, hijo de Souad Makaren Y Hany Makaren, residenciado en la Avenida El Milagro Edificio Premium, segundo piso apartamento 13B, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por el delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 281 del Código Penal en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO . SEGUNDO: Exime de costas al Estado venezolano. TERCERO: Se deja sin efecto la Medida cautelar sustitutiva de libertad acordada a los acusados.
El tribunal se acogió al lapso pr.....