Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DECLARA "INCULPABLE" al ciudadano: JULIO CESAR LEAL LEAL, titular de la cédula de identidad V-22.087.803, Venezolano, fecha de nacimiento 31-07-1990, residenciado en: hijo de Guadalupe Leal, de profesión u oficio albañil, residenciado en San Francisco el Bajo, Villa Paraíso, a dos cuadras de la Tienda Patacón, Estado Zulia, teléfono 0424-6500027, por no haberse comprobado plenamente que él sea responsable y culpable penalmente, por la presunta comisión como AUTOR, del delito HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSIA de conformidad con lo establecido en el articulo 406 numeral 1 del código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondía con el nombre de BRAYAN ENRIQUE LOPEZ FERNANDEZ, delito por el cual fue acusado el referido ciudadano, .....