Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara con lugar EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS y en consecuencia este Tribunal pasa a dictar CONDENA al ciudadano LUIS ENRIQUE COVA URBANEJA , titular de la cédula de identidad N° v-28250403, en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 5 ordinales 1, 2, y 3 y articulo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de HELI RAFAEL CASTRO PEREZ, a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO, más las penas accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE L.....