PROCEDENTE la solicitud, y en consecuencia, SE CONSTITUYE EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra de los acusados EDGAR ALI MENDEZ y ANDY JOSE GARCIA VILLALOBOS, quienes son de nacionalidad venezolana, naturales de Maracaibo, Estado Zulia, de 27 años de edad el primero y 23 el segundo, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nos. 14.831.976 y 14.117.201, respectivamente, y quienes actualmente se encuentran recluidos en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite de esta ciudad, fuera ordenado en contra de los mismos por el Juez en Función de Control al declarar la Admisión de la Acusación que por los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 5° y 6° ordinales 1° y 3° de la ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotor, ROBO A MANO ARMADA PORTE ILICITO DE ARMAS y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 460° y 278° de.....