DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Solicitud efectuada por la Defensora Pública Sexta Encargada Penal Ordinaria adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia. Abogada. KIZZI ALMARY BERRUETA URDANETA, procediendo con el carácter de Defensora del Acusado. RAL ALBERTO GARCIA FERNANDEZ, y en consecuencia DECRETA EL CESE PARCIAL E INMEDIATO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, interpuestas al Acusado plenamente identificado en actas; por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 01 de Julio de 2006, quedando sujeto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 256. 3 del Código O.....