PRIMERO: Se declara no culpable y se absuelve a los ciudadanos, VÍCTOR DANIEL REYES PETIT, titular de la cédula de identidad V-16.108.532 y DANIEL EDUARDO REYES PETIT, titular de la cédula de identidad V-16.108.533, de la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en los artículos 405 y 406 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida se llamase, MANFRED JOSÉ GARCÍA PETIT. SEGUNDO: Se acuerda la libertad plena de los mencionados ciudadanos.