Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el Abogado ENDER PORTILLO MARTINEZ, actuando en su carácter de Defensor Privado del acusado. OMAR ENRIQUE CAMACHO CONTERAS, quien se encuentra incursa en la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, TENTATIVA DE HOMICIDIO, ROBO AGRAVADO, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de los ciudadanos. RICHARD MARRERO, LUIS CALMEN, DAVID MUÑOZ, ANDREINA FERNANDEZ y EL ORDEN PÚBLICO. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión y Notifíquese. CUMPLASE.-
EL JUEZ DE JUICIO,
DR. JOSE DOMINGO MARTINEZ LUBO
LA .....