DISPOSITIVA
En consecuencia el Juzgado Segundo De Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en funciones de Juicio, constituido EN FORMA UNIPERSONAL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JOHAN ENRIQUE ARAUJO PALENCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 23-12-81, de profesión u oficio obrero, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 17.736.806, hijo de OSCAR ENRIQUE ARAUJO MORALES e IRENE ENCARNACION PALENCIA, residenciado en el Ciudad del Sol, sector Paraíso, calle 177 con avenida 49, edificio los naranjos, apartamento 1F, entrando por el Deposito "NINO", teléfono 0261-7321089, San Francisco Estado Zulia, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 DEL Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS PRISIÓ.....