...en aras de garantizar una tutela efectiva en el caso que nos ocupa, se ordena oficiar a los órganos policiales a los fines de hacer comparecer al querellado, advirtiendo que no se trata de orden de aprehensión, solo se ordena la localización de la ciudadana y se proceda al traslado hasta la sede de este despacho para imponerla de la acusación en su contra y hacerle saber el derecho que tiene de designar defensor, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 410 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-