En consecuencia de los fundamentos antes expuesto TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE al Ciudadano NESTOR LUIS VILLALOBOS URDANETA, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V.- 14.833.399, de 30 años de edad, natural de Maracaibo del Estado Zulia, nacido en fecha 26 de Mayo de 1978, de profesión u oficio obrero, hijo de NESTOR LUIS VILLALOBOS y CARMEN URDANETA, residenciado en La Concepción, Sector "La Curva de Tellerias", diagonal al Abasto Eudzare, Calle Principal, Casa N° 42, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, como AUTOR y RESPONSABLE en la comisión del Delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuici.....