DECLARAR SIN LUGAR la solicitud efectuada por la ABG. BEATRIZ PIRELA, en su condición de defensora del Acusado FRANKLIN ALBERTO BOZO PEÑA, plenamente identificado en actas, quien solicitó el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y Notifíquese la presente decisión.