Por los fundamentos expuestos, éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, constituido EN FORMA UNIPERSONAL Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda, PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE en todas y cada unas de sus partes la acusación fiscal presentada por la Fiscalia Tercera del Ministerio Público del Estado Zulia, con la modificación efectuada de la calificación jurídica de delito de Homicidio intencional en grado de tentativa al del delito de Lesiones Intencionales Gravísimas y por el delito de Porte Ilícito de armas, perpetrado por el ciudadano acusado Jonathan Enrique Villalobos Palomares, quien identificado como queda escrito, de 21 años de edad, con cédula de identidad Nº 19.211.782, hijo de Reinaldo Enrique Luzardo Leal y Yoleida Coromoto Villalobos Palomares, residenciado en la avenida 51, casa Nº 91-12, al lado del control de Buses del Panamericano, Barrio Blanco, Parroquia I.....