Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme al procedimiento de admisión de los hechos CONDENA de conformidad con lo estipulado en el artículo el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YOVANNY JAVIER FERNANDEZ GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.261.336, residenciado en el Barrio la Polar, calle 182 con avenida 48B, casa Nº 182-96, municipio san Francisco del Estado Zulia, quien se encuentra en libertad bajo medida cautelar sustitutiva, a cumplir las penas de Tres (03) años de prisión, así como las accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado.....