DECLARA SIN LUGAR el CESE de la Medida de privación Judicial de Libertad, y asimismo se ORDENA MANTENER LA PRIVACIÒN JUDICIAL DE LA LIBERTAD del acusado EDGAR ALEXANDER GONZALEZ, solicitada por la Dra. NANCY ACOSTA, de conformidad con lo previsto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por no haber habido variación alguna de las circunstancias que motivaron la misma.-