Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ABSUELVE al acusado ciudadano FRANCISCO ENRIQUE FARIA MORILLO, quien es venezolano, natural de Maracaibo, Soltero, Herrero, titular de la cédula de identidad No. V-22.121.841, fecha de nacimiento: 11-02-1991, hijo NELSON FARIA y ZULIA MORILLO, residenciado en Barrio La Polar, Calle 190, casa sin número, pintada de color azul con blanco, frente al taller de Herrería Los Hermanos Vera, Municipio San Francisco del Estado Zulia, de la acusación formulada por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal de Venezuela, cometido en perjuicio de los ciudadanos NEDIS RAMONA GOMEZ ROJAS y GEOVANNY JOSE VILLALOBOS LUGO, de conformidad a lo establec.....