Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado ANTONY JOSUE CARRASQUERO REVEROL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, fecha de nacimiento, 25 de septiembre de 1987, de 23 años de edad, estado civil, soltero, de profesión u oficio, ayudante de plomería, titular de la cédula de identidad No V-20.661,961, hijo de ADELSA MARIA GRATEROL y de ANTONIO CARRASQUERO, residenciado en el Sector Brisas del Norte, detrás de la droguería, calle 13, casa sin número, Municipio Maracaibo del estado Zulia, a cumplir las penas de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, en el establecimiento carcelario que disponga el respectivo Juez de Ejecución, calculada provisionalmente para ser cumplida hasta el 12 de septi.....