Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, LA DESESTIMACION DE DENUNCIA, en la presente causa N° C03-589-05, solicitada por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Caja Seca, por la supuesta comisión de uno de los delitos contra La Propiedad, por cuanto el hecho denunciado por los representantes de la Cooperativa Agrícola "El Gran Triunfo" ciudadanos WILMER RAMON OLMOS, RAUL RIVAS CARRERO, YAQUELIN PEREZ, OLINTO PEREZ, ARGIMIRO MARZOLA, GILSERIO ZAMBRANO, ACACIO CONTRERAS e IVAN BARRIOS, no reviste carácter penal, considerando esta juzgadora la existencia de un obstáculo legal para el ejercicio de la acción por parte del Ministerio Público, no constituyendo delito alguno, lo cual n.....