Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA: PRIMERO: Por estar cubierto los extremos establecidos en los numerales 1 y 2, del artículo 250, en relación con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 256 numeral 3, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en la persona del ciudadano LUIS ANGEL RIOS DELGADO, Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento 24-07-1989, de 19 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-20.530.999, hijo de Ángel Benito Ríos y de Noralina de Delgado, residenciado en el Barrio Juan de Dios González, calle N° 6, cerca de la esquina de que Morillo, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien la Fiscal De.....