PRIMERO: mantiene el estado de libertad de los ciudadanos imputados RICARDINA CADENA, ROSMARY CASANOVA CADENA, ROSSANA CONCEPCIÓN CASANOVA y EUDO DE JESUS CASANOVA, antes identificados plenamente, a quienes la Fiscal Municipal Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, abogada YELIXA JOSEFINA DURAN MONTIEL, le atribuye la presunta comisión del ilícito penal de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 en armonía con el artículo 415 del Código Penal de Venezuela, en el cado de la ciudadana RICARDINA CADENA, y LESIONES INTENCIONALES GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, tipificado y castigado en el artículo 413 en coherencia con el artículo 415, en coherencia con el artículo 83 todos del Código eiusdem, a los ciudadanos ROSMERY CASANOVA CADENA, ROSSANA CONCEPCIÓN CASANOVA y EUDO DE JESUS CASANOVA, todos en menoscabo de la ciudadana DAYANY LISBEIDY RAMIREZ QUEVEDO. SEGUNDO: impone medida cautelar s.....