Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara De Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad para el ciudadano: JUAN DE JESÚS MARQUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Zea, Estado Mérida, de 28 años de edad, Fecha de Nacimiento: 24-05-1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Juan de la Cruz Mercado y de María Felicia Márquez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.695.824 y residenciado en el Barrio Valle Encantado, calle principal, casa s/n, a una cuadra del tanque del Acueducto, Cuatro Esquinas, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, a quien el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público, le imputa la presunta comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y P.....