Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad para el ciudadano: GLEIDER NAIN HERNANDEZ SANCHEZ, de nacionalidad Venezolano, natural Casigua El Cubo, Estado Zulia, de 23 años de edad, fecha de nacimiento: 01-06-1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Ciro Alfonso Hernández y de Ana del Carmen Sánchez, titular de la Cédula de Identidad N° 18.694.978, y residenciado en el kilómetro 16, casa s/n (rancho de barro), diagonal a un abasto sin nombre pintado de color rozado, vía Machiques Colón, Municipio Jesús María Semprúm del Estado Zulia; a quien el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público les imputa la presunta comisión del delito de: OCULTAMIEN.....