Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. FIJA al Representante de la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público un plazo prudencial de Sesenta (60) días para la conclusión de la investigación, seguida a la ciudadana: NEILA MARILIN GOMEZ ESCANDELA, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Casigua El Cubo, Estado Zulia, de 31 años de edad, Fecha de Nacimiento 15-11-1974, de profesión u oficio Secretaria, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.491.076, hija de Victor Gómez y de María Escandela, y residenciada en el Barrio Unión, calle 2, casa Nº 0-16, Casigua El Cubo, Municipio Jesús María Semprúm del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los Artículos 16 y 17 de la Ley Sobre la Violencia Co.....