Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara De Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad para los ciudadanos: ARGENIS JAVIER PIRELA CHIRINOS, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 09-06-1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor y ganadero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.010.321, hijo de Amancio Pirela y de Ana Chirino de Pirela, residenciado en la finca Palmera "Dios me Ayude", ubicada en la vía Campo rosario, Municipio Jesús María Sempúm del Estado Zulia, y JUAN ANTONIO MARTÍNEZ SOCORRO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, de 36 años de edad, f.....