Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara el Sobreseimiento de la causa penal signada por este Despacho con el N° CO2-2928-2007, instruida por las presuntas lesiones sufridas por el ciudadano JEAN CARLOS PEÑA GONZALEZ, dada la solicitud interpuesta por el representante de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, Abogado JOSE ANGEL CAMACHO REYES, toda vez que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de persona alguna, resultando ocioso mantener abierta la investigación, en la que no existe imputado. Todo de conformidad con el numeral 4 del artículo 3.....