Por todos los fundamentos anteriormente expresados y en consideración a que fueron ADMITIDOS LOS HECHOS impuestos por el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en sus alegatos de acusación, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO MORALES FINOL, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, municipio Colón, estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° V-28.753.918, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 20/11/2000, hijo de Yoema Morales Finol y padre Desconocido, soltero, alfabeta, de profesión u oficio Vigilante, residenciado en la calle Independencia, calle N°05, casa S/N, al frente de "Pa Que Aquiles", parroquia Santa bárbara , municipio Colón , estado Zulia, teléfono de contacto N° 0414-.....