En mérito de los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara parcialmente Con Lugar la solicitud incoada por el imputado ELI SAUL SOSA LACRUZ. REVISA y EXAMINA la medida de coerción personal que le fuere dictada en su oportunidad al precitado justiciable ELI SAUL SOSA LACRUZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, estado Carabobo, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 24 de marzo de 1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, titular de la cédula de identidad 18.498.975, residenciado en La Invasión El Terminal, última calle, casa s/n, debajo de la mata de lara, Caja Seca, Municipio Sucre del estado Zulia, teléfono 0426-7864064, relacionada con la causa pen.....