Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se impone a los ciudadanos SIMON RARAFEL GONZALEZ OVALLO Y DIXON JOSE FRAGOZO, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, referida a la fianza de dos o mas personas, en la causa seguida por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5, en concordancia con el articulo 6, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano JOHANDRY JOSE ARAQUE. Todo de conformidad con el artículo 256 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 258 eiusdem, en relación con el articulo 250, sexto aparte Ibidem. Regístrese y Notifíquese la presente deci.....