Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EXIME al imputado YEISON JOSE RAMOS CAMARGO, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento 20-07-1988, de 21 años de edad, soltero obrero, alfabeto, titular de la cédula de identidad N° 20.188.022, hijo de Jorge Ramos y Neris Camargo y residenciado en el Barrio Hermilo Ocando, calle principal, al lado de la tasca de Manuel, Encontrados Municipio Catatumbo del Estado Zulia, a quien se le instruye causa penal signada bajo el N° CO1.18235-2009, por el delito de ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 primer aparte del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana ELVIRA ROD.....