Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor del ciudadano WILLIAMS GUILLERMO FINOL GONZALEZ, identificado en actas, el sobreseimiento de la causa por los delitos ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha de los hechos y LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 eiusdem, cometidos en perjuicio del ciudadano JESUS ANGEL MONTIEL LEAL, por haberse producido la prescripción judicial de la acción penal. Todo de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 110 del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha de los hechos, en relación con el artículo.....