El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena al ciudadano Condena al Ciudadano EDIXON ENRIQUE URDANETA PERDOMO, Venezolano, de 32 años de edad, Casado, Técnico Superior en electricidad, Titular de la Cedula de Identidad No. V-12.137.070, domiciliado en Los Laureles, Calle 23, Sector 8, Casa No. 1, Cabimas, Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, por la Comisión del Delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal Venezolano en concordancia con el Articulo 80 y 82, cometido en perjuicio de los Ciudadanos ELVIS RAMON CHIRINOS Y AMERICA JOSEFINA CHIRINOS. Se condena igualmente al acusado EDIXON ENRIQUE URDANETA PERDOMO, a las penas accesorias establecidas en los Artículo 13 y 34 del Código Penal.