Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Cabimas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley acuerda: PRIMERO: Condenar al ciudadano acusado: GERVI ENRIQUE MORLES GUTIERREZ, venezolano, natural de Cabimas, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.561.339, profesión u oficio: T.S.U Administración de Empresas, hijo de los ciudadanos Gustavo Morles y Nancy Gutiérrez, residenciado en la Urbanización Los Rosales, calle 2, casa N° 44, al lado de la Bodega Mister, Municipio Cabimas, del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de JOSÉ ALBERTO MARIN PEÑA, mas las accesorias de l.....