Acordar la NULIDAD ABSOLUTA del Acta de Entrevista realizada al adolescente NOLA GRACIELA REVEROL NAVA, inserta a los folios ocho (08), nueve (09), diez (10) y once (11) del presente asunto suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; de conformidad a lo establecido en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Ratificar la Medida de Privación Judicial Preventiva Privativa de Libertad Decretada por este tribunal en fecha 23-07-03 en contra de los VALENTE HERNANDEZ BARRIOS, y WILLIANS ANTONIO TORCATE JIMENEZ, por cuanto no han variado los elementos que dieron origen a la misma. Notifiquese a las partes.- ASI SE DECIDE.