Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Decimotercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, acordada a la imputada DEXY MARGARITA ARRÍAS GUZMÁN, Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.823.150, contemplada en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, establecida en los ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 282 Ejusdem. Ofíciese al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a los fines de informar de la presente decisión.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ DÉCIMO TERCERO DE CONTROL,
DRA.....