CONDENA al ciudadano ROMMY ALBERTO CORDERO SUAREZ a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRISION mas las accesorias de ley, por ser AUTOR responsable de los hechos acusados referidos al delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, y al ciudadano ANDRES SUAREZ CAMPOS: Quien asi dice ser y llamarse como queda escrito: Venezolana, Titular de la cédula de identidad Nro. V-19.394.569, hijo de JOSE SUAREZ y EMILDA CAMPOS, de 24 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Mecánico, domiciliado en el Sector los Olivos, Av 62, Casa No 68B-35, Maracaibo, Estado Zulia, a sufrir una pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION mas las accesorias de ley, por ser COMPLICE y responsable de los hechos acusados referidos a del delito ROBO, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el articulo 84.3 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano José Daniel Bravo, y a las accesorias de ley, pena que provisiona.....