DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
En razón de las antes consideraciones de hecho y de derecho expuestas y que sirven de motivación o fundamento al presente thema Decidendum, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Maracaibo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Conceder, otorgar e imponer las medidas cautelares sustitutivas de libertad por la privación de libertad del imputado ciudadano JOSE LUIS PADILLA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.119.454, comerciante, domiciliado en este MUNICIPIO Maracaibo del Estado Zulia, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado en la ejecución del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, tipos penales previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1° y 6 numerales 1° y 2° de la Ley sobre el Hurto y Robo de .....