Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA ENTREGA EN DEPOSITO, de conformidad al articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al JESÚS VENTURA ALCOBA RÍOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 14.206.926, domiciliado en esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, asistido en este Acto por el Abogado en ejercicio ALEX DARÍO COLMENARES BEJARANO, Inscrito ante el Inpreabogado bajo el N°. 95.126, del vehículo que reúne las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: CHEVROLET, TIPO: SEDAN, COLOR: NEGRO Y BLANCO, AÑO: 1978, MODELO: MALIBÚ, SERIAL DE MOTOR: MHV242974, SERIAL DE CARROCERÍA: 1T19MHV242974, PLACAS: 203-474, USO: LIBRE. El cual quedará autorizado el solicitante a conducir el vehículo por el Territorio Nacional, sometido igualmente a las obligaciones antes indicadas. Publíquese, Regí.....