Por todo lo anteriormente expuesto se CONDENA al acusado: VIRGILIO DOMINGO MONTIEL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad N° 19.308.862, de 25 años de edad, hijo de SABINA MONTIEL y RAFAEL MAURICIO ORTIZ, fecha de nacimiento 02-10-77, residenciado en el sector carretera Mara, cerca de la Caseta Policial “Cuatro Vías”, granja MAZIRUMA, teléfono 0261-7551822 perteneciente a la ciudadana LEONELY ORTIZ (prima), a cumplir la pena de DOS (02) DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con el ordinal 6to del artículo 330 Ejusdem