ACUERDA
PRIMERO: LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS Y SE CONDENA al acusado RONIEL JUNIOR VARGAS SAURI, a cumplir la pena de DIECISIES (16) AÑOS, SEIS (06) MESES DE PRISION, por los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previstos y sancionados en el articulo 458, en concordancia con el articulo 83, ambos del Código Penal Venezolano vigente, HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1º en concordancia con el articulo 83, del Código Penal Venezolano, AUTOR del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO previsto y sancionado en el artículo 470 ambos del Código Penal, cometidos en perjuicio de los ciudadanos ALTABARRA ALTABARRA AYHMA y HUGO JOSE VIRLA BRICEÑO, y AUTOR del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 277 ejusdem., de conformidad con los artículos 376 del Código Orgánico Procesal Penal y 7.....