POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JOSÉ ALBERTO SALOUM JIMENEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V-23.746.039, nacido el 09/05/1988, de profesión u oficio Comerciante, soltero, hijo de Jorge Saloum e Isabel Jiménez, residenciado en: Sector 18 de Octubre, Finalizando la Calle 4, Casa Nº. RS-34, frente al Abasto El Silencio, Teléfono 0261-611.10.21 ¿ 0414-600.88.52, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, como AUTOR del delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, más las accesorias de ley, establecidas en el artículo 13 del Código Penal, a saber: 1.- La interdicción.....