Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: CONDENA al ciudadano, JONATHAN DE JESUS RAMIREZ CORDERO, venezolano, natural de Mérida estado Mérida, 21 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 21.695264, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de BRIGIDIA CORDERO y de JOSE RAMIREZ, residenciado en el Barrio el Museo, avenida 71ª, casa Nª 108D-12 Circunvalación No. 03, a una cuadra del Colegio Emeiro Darío Duran, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, en el Centro Penitenciario que determine el Juez de Ejecución que le corresponda conocer de la misma, más las accesorias de Ley, previstas en los Artículos 16 y 34 de Código Penal y el Artí.....