En consecuencia, éste JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, decretar, de conformidad con lo solicitado por la Vindicta Pública, la REVOCATORIA DE LA MEDIDA CAUTELAR ACORDADA A LOS IMPUTADOS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS A LOS MISMOS, y en consecuencia, se ordena librar ORDEN DE APREHENSIÓN a los Ciudadanos: 1.- ANTONIO LUIS CONTRERAS GÓMEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.687.637, residenciado en la Calle El Saladillo, frente al Monumento de La Virgen, Casa Nº 94-36, a tres casas de la Panadería Venezuela, Maracaibo - Estado Zulia, Teléfono: 0414-1642233, ó en el Paseo Ciencias, Calle 38, Nº 9, Maracaibo ¿ Estado Zulia, Teléfono: 0414-6082171; 2.- ESTELIO JUNIOR SEMPRUM MANRIQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.327.303, residenciado en el Barrio La Polar, Avenida 48N, Casa Nº .....