SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, al acusado WILLIAMS ENRIQUE BLANCO JULIO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, Profesión u Oficio albañil, Estado Civil Soltero, de 23 años de edad, fecha de Nacimiento 30-12-1982, titular de la cédula de Identidad Nro V-17.231.736, Hijo de Nuris Maria De Blanco y de Moris Alberto Blanco Arroyo, Residenciado en: Barrio El Despertar, Avenida 70, casa no. 97C-44, al lado de la cancha El Despertar, Circunvalación No. 03, al frente de la Urbanización San Rafael, Maracaibo Estado Zulia, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTEILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el segundo aparte del articulo 80 y 277 Ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano ALBERTO DE JESUS PEREZ FERNANDEZ Y EL ESTADO VENEZOLANO