SE DECRETA PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de, PEDRO GERMAN GUTIERREZ por la comisión del delito de ACTO CARNAL previsto y sancionado en el articulo 377 del Código Penal de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. En concordancia con el articulo 48 ordinal 8