Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano: ALÍ JÚNIOR GÓMEZ ROJAS de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-17.669.899, de profesión u oficio mecánico, nacido 1l 11 de mayo de 1986, de estado Civil Soltero, hijo de Alí Ramón Gómez Martínez desconoce el nombre de su madre, con residencia en La Urbanización San Felipe TRES, Casa # 08, Vereda 28, diagonal al Abasto Daniela, del Municipio San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley contempladas en el artículo 13 del Código Penal, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 458° en concordancia con el numeral 3 del Artículo 84 .....