Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado MOISES JESUS FARIAS ATENCIO, de nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, Distrito Federal, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 16-12-1976, soltero, de profesión u Oficio Mecánico Automotriz, titular de la cedula de identidad V-13.243.000, hijo de EUFLOCINDA ATENCIO y MOISES FARIAS, residenciado en La Urbanización Santa Fe III, Sector Amparo, calle 89, casa N° 69-B-97, teléfono 0261-7569176, Maracaibo, Estado Zulia, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓ.....