Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos dispositivos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Representación Fiscal por cuanto este Tribunal estima que se encuentra acreditado en actas la comisión de un hecho punible, el cual evidentemente no ha prescrito, existiendo fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión de un hecho punible, motivos éstos por los cuales se acuerda DECRETAR: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN A LA LIBERTAD, al imputado EDUARDO ENRIQUE ALEMÁN FLORES, de nacionalidad venezolana, natural de San Luis ? Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad N°. 7.087.136, fecha de nacimiento 30-11-61, de 45 años de edad, concubino, de oficio comerci.....