Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PRESENTE PROCESO PENAL seguido en contra de NILSON JOSE ARAUJO VILLASMIL, Venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 20-09-76, titular de la cedula de identidad N° 13.298.306, de profesión u oficio: marino ocasional, hijo de Nerio Araujo y Nelly Villasmil, residenciado en el Municipio San Francisco, Sector San Ramón, calle 21, casa No 8B-47, frente al Abasto el Colombiano, Municipio San Francisco del Estado Zulia de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de UN (01) AÑO contados a partir de la presente fecha, quedando establecida la obligatoriedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ejusd.....