este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el articulo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACION presentada y ratificada en este acto por la FISCALIA CUADRAGÉSIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ZULIA, en contra de la ciudadana YURAIMA COROMOTO POLANCO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de 35 años de edad, fecha de nacimiento 31-08-1969, natural de la Villa del Rosario, de estado civil soltera, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 11.661.288, hija de Leonte Segundo Polanco y Rita Consuela Pérez de Polanco, residenciada en el Caserío Los Haticos, vivienda Rural Nº 02-11 Parroquia El Rosario del Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia; por la comisión d.....