Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE INMEDIATO DE MEDIDA OTORGADA Y LA CONDICIÓN DE IMPUTADO, a favor de los ciudadanos LUIS ENRIQUE BAPTISTA MARTINEZ, Titular de la Cèdula de Identidad N. 13.590.609 , EMIRO JOSE PEÑA SOCORRO, Titular de la Cèdula de Identidad N. 17.279.339 y LUIS RAFAEL MONTIEL DELGADO Titular de la Cèdula de Identidad N 4.532.976,; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del Archivo Fiscal decretado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Zulia. Regístrese y Notifíquese la presente decisión. ASÍ SE DECLARA.