Por los fundamentos anteriormente expuestos y evidenciada como han sido las actas presentados por el Ministerio Público, considera quien aquí decide DECLARAR CON LUGAR, la solicitud planteada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y en consecuencia DECRETA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, al ciudadano XXXXXXXXXXXX, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- XXXXXX, residenciada en: XXXXXXXXXXX, de esta ciudad y Municipio Maracaibo, Estado Zulia, quien en su condición de VICTIMA, así como su entorno familiar en la investigación que adelanta la Fiscalía Superior del Ministerio Público, signada bajo la investigación Nro. XXXXXXX, Todo artículos 26, 51 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 14, 23, 108 numeral 14, articulo 118 y 120 numeral 3° del Código Orgánica Procesal Penal y los artículos 82, 84, y 85 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con los ar.....